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Cómo podrán entrar a Chubut quienes aún están fuera de la provincia

El gobierno provincial a través de un decretó autorizó el ingreso de personas que están varadas fuera de la provincia y definió quienes pueden transitar en el interior ¿Cómo es el procedimiento para ingresar? Leelo en esta nota.

 

El gobierno provincial determinó por decreto que están autorizadas a ingresar a Chubut “las personas que tienen su domicilio en ella; y aquellas personas que sin tener su domicilio en el territorio provincial, se encuentran autorizadas a circular por ser alcanzadas por las excepciones previstas por normas nacionales, o bien su ingreso se encuentre debidamente justificado en motivos de salud”.

 

También podrán hacerlo aquellas personas que deban circular por el territorio provincial a los fines de acceder a un destino final fuera de la jurisdicción de Chubut. Y se prevé que “se podrán otorgar otras autorizaciones debidamente fundadas mediante acto administrativo conjunto de los Ministros de Salud  y de Gobierno y Justicia”.

 

Se reiteró que sin perjuicio de los permisos otorgados por la autoridad nacional, las autorizaciones para ingresar a la Provincia del Chubut, serán otorgadas “a través de la plataforma digital www.seguridad2.chubut.gov.ar, o la que en el futuro la reemplace, en el horario de lunes a viernes de 08:00 a 14:00 horas o en el que se indique”.

 

Quienes ingresen al territorio provincial “deberán obligatoriamente contar con la aplicación “CUIDAR” (o la que en el futuro la reemplace), autorizada con un mínimo de tres días de antelación a la fecha de ingreso a la provincia”.

 

Se dispuso también que quedan exceptuadas del cumplimiento de estas previsiones “las personas en tránsito, siempre que no efectúen paradas en lugares de abastecimiento o descanso”.

 

“A los fines de un adecuado contralor sanitario, el ingreso se podrá efectuar en el horario comprendido entre las 08:00 y 18:00 horas, y deberán cumplir con el protocolo de sanidad vigente”, reglamenta el quinto artículo del decreto.

 

Las personas que ingresen a la provincia “deberán cumplir obligatoriamente el Aislamiento Preventivo Obligatorio (APO-cuarentena) por el plazo de catorce (14) días o el que en el futuro determine la autoridad sanitaria competente. Cuando el viajero no tuviere un lugar para cumplir el aislamiento de manera solitaria, éste deberá ser cumplido también por los contactos estrechos (convivientes) de aquel”.

 

Circulación Urbana e Interurbana

 

Además, se dejó sin efecto lo establecido en orden al cronograma de circulación por D.N.I. y se estableció que “se podrá circular dentro de los ejidos de las localidades de la Provincia del Chubut sin otra restricción que la horaria, que se fija como máxima a las 00:00 horas”.

 

Y quedaron exceptuadas de esa limitación horaria, las personas que “deban circular como consecuencia de la actividad que desarrollan, por el tiempo prudencial que le permita concurrir al lugar de trabajo o regresar al de su residencia”.

 

En tanto, la circulación entre las localidades de la provincia quedó “limitada a acreditadas razones de salud, y actividades y servicios esenciales o expresamente autorizados por normas nacionales y provinciales, otorgados a través de la plataforma digital www.seguridad2.chubut.gov.ar”.

 

Se estableció la excepción para que puedan circular entre localidades ”las personas residentes de Comodoro Rivadavia y Rada Tilly, para circular entre esas ciudades; las personas residentes en las localidades de Esquel y Trevelin, para circular entre ellas; y las personas residentes en las localidades de El Hoyo y Lago Puelo, para circular entre ellas”.

 

Por último, se aclaró que no podrán ingresar a Chubut ni podrán circular dentro de ella “las personas que revisten la condición de “caso sospechoso” o “caso confirmado” de COVID-19 conforme definiciones establecidas por la autoridad sanitaria nacional; los “contactos estrechos de casos confirmados”; ni quienes deban cumplir aislamiento preventivo y obligatorio (APO) en los términos del DECNU nacional 260/20, ni las personas que hayan ingresado a la provincia provenientes de otras jurisdicciones, por un plazo de catorce (14) días de aislamiento preventivo obligatorio, o el que indique en el caso la autoridad sanitaria”.

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