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Oficializaron la asistencia estatal para el pago de salarios privados en mayo

También se oficializó la postergación reducción del pago de las contribuciones patronales. Se incluirá en el programa a las escuelas de gestión privada que no perciban subsidios de ningún tipo y a empresas prestadoras de servicios de Salud.

 

El gobierno de Alberto Fernández oficializó este martes la asistencia estatal al pago de salarios del sector privado correspondientes al mes de mayo. Por medio de la Resolución Administrativas 747/2020 publicada hoy en el Boletín Oficial el Gobierno adoptó las recomendaciones formuladas por el Comité de Evaluación y Monitoreo del Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP).

 

Así, en su Anexo I el Comité, a partir de los informes elaborados por el minsiterio de Desarrollo Productivo encabezado por Matías Kulfas que dan cuenta del «nivel de afectación de la economía derivada de la extensión del aislamiento social, preventivo y obligatorio», recomendó «la extensión de los beneficios del programa ATP relativos al Salario Complementario y a la postergación y reducción del pago de las contribuciones patronales al Sistema Integrado Previsional Argentino respecto de los salarios y contribuciones que se devenguen durante el mes de mayo».

 

Entre las recomendaciones adoptadas por medio de la Resolución Administrativa 747/2020 se encuentra también incorporar a los beneficios del programa ATP a las empresas prestadoras de servicios de Salud así como las instituciones educativas de gestión privada que no reciban subsidios por parte del Estado de ninguna clase y se analizará el caso de las que reciben aporets del Estado.

 

El Ministerio de Educación exhibió al Comité la información suministrada por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), que indica que hay instituciones educativas que reunirían las condiciones estipuladas para acceder al Salario Complementario.

 

Educación también indicó que procederá a controlar con las jurisdicciones locales cuáles de esas instituciones no perciben aportes o subsidios, tras lo cual informará a la AFIP el listado de las que no los reciben de ninguna clase, para que proceda a tramitar el pago del Salario Complementario.

 

El Comité consideró que efectuados los controles, Educación proporcione directamente a la AFIP el listado de las instituciones que no perciben aportes o subsidios, cuyos trabajadores se encuentran en condiciones de percibir el Salario Complementario, y que el organismo fiscal avance con el trámite tendiente a efectivizar ese beneficio.

 

Por otra parte, el Ministerio de Salud remitió un informe donde describe la situación de los prestadores de salud en el marco de la emergencia sanitaria.

 

De acuerdo con este relevamiento, la situación de las empresas del sector se encuadra en las previsiones que fijan los criterios cuyo cumplimiento se exige para acogerse a los beneficios del ATP.

 

El Comité solicitó a Salud que, mediante la fijación de los criterios objetivos que estime adecuados, efectúe la selección de los prestadores referidos y los comunique.

 

En tanto, el ministerio de Transporte solicitó que se incluya en el Salario Complementario a una nómina de actividades del sector, entre los que están los taxis, los remises, el transporte escolar, los servicios de larga distancia, de fletes y el transporte de carga.

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